El GAFI tiene las 40 recomendaciones que constituyen un esquema completo y consistente de medidas que los países deben implementar para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, así como también el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Dentro de estas recomendaciones se encuentran involucradas las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD).
¿Qué son?
Son profesiones que son institutos no financieros y se encuentran en riesgo de lavado de activos o financiamiento del terrorismo. Se trata de profesiones y actividades que tradicionalmente tratan con clientes que buscan el anonimato y suelen pagar en efectivo:
- Casinos
- Agentes Inmobiliarios
- Comerciantes de Piedras Preciosas y Metales Preciosos
- Notarios
- Abogados
- Contadores Públicos
- Proveedores de Servicios Societarios y de Fideicomisos
Recomendaciones del GAFI donde se toman en cuenta las APNFD
ACTIVIDADES Y PROFESIONES NO FINANCIERAS DESIGNADAS
- APNFD: debida diligencia del cliente
Los requisitos de debida diligencia del cliente y el mantenimiento de registros establecidos en las Recomendaciones 10, 11, 12, 15 y 17, se aplican a las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD) en las siguientes situaciones:
(a) Casinos – Cuando los clientes se involucran en transacciones financieras por un monto igual o mayor al umbral designado aplicable.
(b) Agentes inmobiliarios – Cuando éstos se involucran en transacciones para sus clientes concerniente a la compra y venta de bienes inmobiliarios.
(c) Comerciantes de metales preciosos y comerciantes de piedras preciosas – Cuando éstos se involucran en alguna transacción en efectivo con un cliente por un monto igual o mayor al del umbral designado aplicable.
(d) Abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores – Cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones para sus clientes sobre las siguientes actividades:
- Compra y venta de bienes inmuebles.
- Administración del dinero, valores u otros activos del cliente.
- Administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores.
- Organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas.
- Creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.
(e) Proveedores de servicios societarios y fideicomisos cuando se disponen a realizar transacciones o realizan transacciones para un cliente sobre las siguientes actividades:
- Actuación como agente de creación de personas jurídicas.
- Actuación (o arreglo para que otra persona actúe como) como director o apoderado de una sociedad mercantil, un socio de una sociedad o una posición similar con relación a otras personas jurídicas.
- Provisión de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio físico, domicilio postal o administrativo para una sociedad mercantil, sociedad o cualquier otra persona jurídica o estructura jurídica.
- Actuación (o arreglo para que otra persona actúe ) como fiduciario de un fideicomiso expreso o que desempeñe la función equivalente para otra forma de estructura jurídica; actuación (o arreglo para que otra persona actúe) como un accionista nominal para otra persona.
- APNFD: Otras medidas
Los requisitos plasmados en las Recomendaciones de la 18 a la 21 se aplican a todas las actividades y profesiones no financieras designadas, sujeto a los siguientes requisitos:
(a) Debe exigirse a los abogados, notarios, otros profesionales jurídicos independientes y contadores que reporten las operaciones sospechosas cuando, en nombre de un cliente o por un cliente, se involucran en una transacción financiera con relación a las actividades descritas en el párrafo (d) de la Recomendación 22. Se exhorta firmemente a los países que extiendan el requisito de reporte al resto de las actividades profesionales de los contadores, incluyendo la auditoría.
(b) Debe exigirse a los comerciantes de metales preciosos y comerciantes de piedras preciosas que reporten las operaciones sospechosas cuando se involucran en alguna transacción en efectivo con un cliente por un monto igual o mayor al umbral designado aplicable.
(c) Debe exigirse a los proveedores de servicios societarios y de fideicomisos que reporten operaciones sospechosas por un cliente cuando, en nombre del cliente o por el cliente, se involucran en una transacción con relación a las actividades a las que se hace referencia en el párrafo (e) de la Recomendación 22.
Tipologías de lavado de fondos y financiamiento de terrorismo a través de las APNFD
En general las tipologías encontradas en el sector de las APNFD se distinguen por tres variantes básicas:
- Caso de abuso:
- Se emplea a una de las actividades/profesiones para el fin de lavar fondos sin el conocimiento del profesional.
- Caso de colusión:
- Intermediario corrompido: El profesional presta sus servicios voluntariamente y conociendo el fin ilícito.
- Autolavado: El profesional está involucrado en la actividad criminal en general (miembro de la organización ilícita etc.)
- Empresa/ entidad de pantalla:
- Se constituye una empresa utilizando fondos ilícitos.
- Se simula la ejecución de una de las profesiones/actividades para camuflar una actividad criminal.
- Se estructuran fondos ilícitos integrandolos en los ingresos/flujos financieros de una empresa que se dedique a una actividad lícita.
De todas maneras cada APNFD demuestra su propio perfil en cuanto a las técnicas típicas empleadas para estructurar y camuflar fondos ilícitos.
Casinos, juegos de azar, loterías y bingos:
En los casinos o en otros establecimientos donde se puede jugar utilizando fichas, se canjean fondos ilícitos aprovechando el proceso de la compraventa y del cambio de fichas. Establecimientos más grandes o casinos de cadena ofrecen a sus clientes habituales una cuenta de cliente que permita depositar los fondos para jugar y los premios ganados como tomar créditos de sobregiros. Tales cuentas corren el mismo riesgo, como las cuentas bancarias, de ser utilizadas para la estructuración de fondos ilícitos y, por ende, requieren de la misma debida diligencia.
Otra técnica que se suele observar, es la compra de comprobantes de premios ganadores con fondos de origen ilícito para recaudar el premio y así justificar los fondos. Las señales de alerta pueden surgir tanto de la situación física o legal como de las costumbres comerciales o del comportamiento de los clientes.
Una sensibilidad muy típica de los casinos es la intensidad de transacciones en efectivo, pero también la colocación de un casino en una zona franca, una zona limítrofe o una zona conocida por sus actividades ilícitas, constituye un riesgo elevado. Asimismo la colocación de las servidoras de un casino de Internet en un país no-cooperativo.
En cuanto a los clientes, se prestará mayor atención a aquellos clientes que habitualmente apuestan montos altos, como a los casos en que la misma persona gane de forma repetida montos altos.
La compra de una gran cantidad de fichas que después se vuelven a cambiar enseguida nuevamente a dinero, sin que el cliente haya apostado o apostó montos pequeños, puede ser un indicio para un caso de lavado de fondos.
Sector inmobiliario:
El patrón más común del sector inmobiliario es la compraventa de un terreno o inmueble, la construcción o el pago de alquiler o arrendamiento con fondos ilícitos. Se detectaron tanto casos de operaciones en efectivo como modelos de financiamiento más complejos como por ejemplo la captación de fondos a través de fondos inmobiliarios.
Comerciantes de piedras preciosas, metales preciosos y otros objetos de alto valor:
Los metales preciosos, las piedras preciosas y otros objetos de alto valor, suelen utilizarse para esconder fondos ilícitos e invertir al mismo tiempo en un valor estable. Las piedras preciosas tienen la ventaja de que su tamaño es recíproco a su valor comercial y por eso permiten transportar montos grandes de manera fácil. Además carecen de un signo de registración para su identificación y rastreo.
Tanto los metales preciosos como las piedras preciosas se emplean para la simulación de compraventas, sea la compraventa de un producto de primera línea (joya, oro fino en barras, diamantes pulidos etc.) o de un producto de calidad inferior (aleaciones, vestigios de producción etc.). Ambas mercancías son fáciles de camuflar, así que pueden aparecer de una calidad menor o mayor a la que realmente son.
Para el personal no especializado (como por ejemplo los oficiales de aduana) es casi imposible de detectar si la mercancía enviada coincide con lo marcado en los papeles de exportación. Asimismo, la compraventa de obras de arte abarca un riesgo elevado porque su valor comercial es “ideológico” y, por esta razón, difícil de determinar.
Profesiones universitarias – notarios, abogados, contadores públicos etc.:
Lo particular de las profesiones universitarias es que son los servicios prestados o el conocimiento profesional que pueden servir para esconder o camuflar fondos de fuentes ilícitas, como por ejemplo la expedición de una escritura de compraventa de un inmueble/terreno, la constitución y administración de una empresa, la gestión de fondos y patrimonio de todo tipo, el asesoramiento de inversión etc.
El abuso servicio profesional se puede desarrollar sin o con el conocimiento del profesional. La mayoría de las tipologías que incluyan a abogados, notarios o contadores públicos se desarrollan acerca de la prestación de servicios societarios.
Un indicio para una actividad ilícita puede ser cuando la empresa en cuestión tenga una estructura societaria excepcionalmente compleja, fraccionada y sus partes colocadas en varios países diferentes, algunos de ellos en paraísos fiscales o países no-cooperativos.
También el desarrollo de la actividad comercial mayormente a nivel internacional ejecutando transacciones financieras que involucren a muchas personas físicas y jurídicas (triangulación de fondos, testaferros etc.) como el movimiento de fondos en efectivo puede ser una señal de alerta.