Desafortunadamente, los servicios bancarios en muchas instituciones, se han empleado para mostrar el poder que da el control del circulante, cancelando cuentas y créditos, principalmente a quienes se manifiestan como competencia -uniones de crédito, Sofomes, cajas de ahorro, micro financieras y entidades afines- o a quien pretende desarrollar mercados cercanos a actividades financieras, como el de las monedas virtuales, hoy tan en boga.
En 2014, la Condusef sancionó a bancos que excedieron sus potestades, pero omitió publicitarlas, tras demeritar la importancia de las faltas cometidas.
Distintas publicaciones en los últimos días, han alertado sobre la actuación abusiva de instituciones de crédito que, en un exceso de atribuciones, cancelan cuentas sin motivo aparente.
Del derecho comparado se atraen figuras jurídicas que pretenden perfeccionar el marco normativo y precisamente bajo esta modalidad de análisis llegó a nuestra legislación la Ley Antilavado.
Es necesario legislar en esta materia y es loable adoptar modelos probados en otras latitudes para combatir al crimen organizado y limitar sus fuentes de financiamiento; lo que no se justifica es que malas praxis también sean importadas y se sometan a prueba y error hasta que alguien levante la voz.
Existen antecedentes de que en Europa y algunos países sudamericanos, Argentina y Chile entre los más representativos, las instituciones de crédito han excedido sus atribuciones como ocurre en México actualmente.
Los medios impresos, digitales y de comunicación masiva acumulan por cientos, reclamos y documentos que acreditan que los bancos exceden su actuación y que cancelar una cuenta con el aparente apoyo de la LFRIORPI es tan común que raya en la normalidad.
Si esto se permite, si nadie ejerce sus derechos, instituciones bancarias con presencia nacional, seguirán haciendo negocios alternos a los financieros, requiriendo dictámenes, exigiendo por cuenta del gobierno el cumplimiento de obligaciones que pueden o no existir, pero que no les corresponde a ellos juzgar.
Deben unirse esfuerzos para combatir al lavado de dinero y a la delincuencia organizada, pero este no es pretexto para la competencia desleal o para erigir justicieros con intenciones sesgadas.
“Que la ley no sea motivo para actuar ilegalmente.”