El Banco de México (Banxico) sometió a consulta pública el proyecto de regulación aplicable a las instituciones de fondos de pago electrónico, figura contemplada en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, y por el cual también se contemplan algunas de limitaciones para el uso de activos virtuales.
Dentro del proyecto, se establecen las reglas que aplicarían a este tipo de instituciones de tecnología financiera o fintech, por ejemplo, en temas como requerimientos para la apertura de cuentas, abonos de recursos, transmisión de fondos, además de los términos y comisiones respecto a la emisión de fondos de pago referidos a moneda extranjera o activos virtuales.
“El desarrollo de nuevas empresas que proveen servicios de pago electrónico a través de la emisión de fondos de pago electrónico ha cobrado importancia alrededor del mundo por el valor agregado que pueden aportar a los consumidores”.
Dentro de los aspectos más relevantes de dicho proyecto se encuentran los referentes a las operaciones con activos virtuales, pues se prevé que las fintech que pretendan operar esta clase de valores presenten una solicitud de autorización para la operación de éstos, donde detalle su esquema de negocio, público objetivo y las comisiones que pretendan cobrar, entre otros aspectos.
Asimismo, la regulación acotaría que las fintech autorizadas para operar activos virtuales sólo podrán abrir cuentas de fondos de pago electrónico únicamente a personas físicas y morales nacionales o a personas físicas extranjeras residentes en México, “que acrediten su calidad migratoria mediante el documento correspondiente”.
“Tratándose de las cuentas de fondos de pago electrónico referidas a moneda extranjera, las instituciones de fondos de pago electrónico solamente podrán abrirlas a nombre de personas morales nacionales, cuando estas últimas mantengan una cuenta de depósito en la misma moneda extranjera en alguna institución de banca múltiple”, se puede leer en el proyecto publicado por el Banxico.
Niveles de cuenta
El proyecto también detalla que las fintech de fondos de pago electrónico tendrán que clasificar las cuentas en alguno de los tres niveles que explica la regulación, según los montos que se manejen, para prevenir y detectar el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Por ejemplo, en las cuentas de fondos de pago electrónico de nivel 1, se clasificará a los clientes que en el transcurso de un mes no excedan el equivalente a 700 Udis; es decir, alrededor de 4,200 pesos; para las de nivel dos, el límite de este monto será de hasta 3,000 Udis, alrededor de 18,000 pesos, y para las de nivel 3, este monto será de hasta 60,000 pesos.
El proyecto de regulación también contempla los términos y condiciones que aplicarían en caso de que un usuario de este tipo de instituciones presente algún cargo no reconocido.
“Cuando la institución de fondos de pago electrónico reciba avisos de reclamaciones por cargos no reconocidos por sus clientes deberá abonar a más tardar el segundo día hábil bancario posterior al aviso el monto equivalente al cargo no reconocido”, se lee en el documento.