La nueva Ley de pensiones para el bienestar

Aunque no lo creas… la Cámara de Diputados aprobó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, una iniciativa de reforma a la Ley del Seguro Social, la Ley del Infonavit, la Ley del ISSSTE, y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que fue propuesta por los diputados de Morena, Ignacio Mier Velazco y Angélica Ivonne Cisneros.

Cuando el presidente López Obrador anunció su ambicioso paquete de reformas constitucionales en febrero, se incluyó la creación de un “fondo semilla” para financiar las pensiones de los trabajadores, sin embargo, el dictamen pasó al Senado para su autorización, y ha dejado algunas interrogantes sobre las reglas de operación, los beneficios y el destino de los recursos a corto plazo.

El proyecto de ley establece que el objetivo del Fondo de Pensiones para el Bienestar, será garantizar que toda la ciudadanía tenga acceso a una pensión digna, pero las modificaciones a la ley no especifican de qué forma se utilizará el dinero para beneficio de los trabajadores. Entre las 20 reformas constitucionales de López Obrador se encuentra la jubilación con el 100% del último salario obtenido.

La reforma obliga a las Afores a transferir al Fondo de Pensiones para el Bienestar los recursos de los trabajadores a partir de los 70 años de edad que no hayan solicitado la devolución de los saldos de sus subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vivienda, algo a lo que ya estaban obligados pero ahora ya sin la necesidad de una resolución judicial.

Se espera recolectar un total de 40.000 millones de pesos por este medio.

Esta ley contempla a aquellos trabajadores que iniciaron a cotizar a partir del primero de julio de 1997. Pero también aquellos que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales en el Issste.

El Gobierno explicó en un comunicado que el resto del financiamiento del fondo provendrá de las incautaciones del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, de los recursos del proceso de liquidación de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y también de las utilidades de entidades paraestatales como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) y el Tren Maya, o mejor dicho… cuando las haya.

El fondo complementará las pensiones de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE que comenzaron a cotizar desde julio de 1997 y se jubilen a partir de los 65 años de edad bajo el sistema de las Afore.

En días pasados, coordinadores y legisladores del PRI, PAN y PRD presentaron una acción de institucionalidad en contra de la reforma a la Ley de Pensiones del Bienestar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En el Senado de la República, el coordinador del PRI en la Cámara de Diputados, Rubén Moreira, informó que los partidos de oposición decidieron acudir a la acción de inconstitucionalidad por la Reforma a la Ley de Pensiones.

La reforma fue aprobada por el Senado de la República el pasado 26 de abril y tres días después, el 30 de abril, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor.

Ya no hay vuelta atras… salvo que la Suprema Corte de Justicia la inhabilite… ¿tú qué crees que pasará?

 

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