Las Recomendaciones del GAFI constituyen un esquema completo y consistente de medidas, que los países deben implementar para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, así como también el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Los países tienen diversos marcos legales, administrativos y operacionales, así como diferentes sistemas financieros, por lo cual todos los países no pueden tomar medidas idénticas contra estas amenazas. Las Recomendaciones del GAFI, fijan un estándar internacional que los países deberían implementar por medio de medidas adaptadas a sus circunstancias particulares.
Dichas recomendaciones establecen medidas esenciales que los países deben implementar para:
- Identificar los riesgos, y desarrollar políticas y coordinación local.
- Luchar contra el lavado de activos; financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación.
- Aplicar medidas preventivas para el sector financiero y otros sectores designados.
- Establecer poderes y responsabilidades (por ejemplo. autoridades investigativas, de orden público y de supervisión) y otras medidas institucionales.
- Mejorar la transparencia y la disponibilidad de la información de titularidad de beneficio de las personas y estructuras jurídicas.
- Facilitar la cooperación internacional.
Historia de las recomendaciones GAFI
Las 40 Recomendaciones originales del GAFI del año 1990 fueron una iniciativa para combatir los usos indebidos de los sistemas financieros por parte de personas que lavaban el dinero del tráfico ilícito de drogas. En 1996, se revisaron las Recomendaciones por primera vez para reflejar las crecientes tendencias y técnicas de lavado de activos y para ampliar su campo más allá del lavado de activos proveniente de las drogas. En octubre de 2001, el GAFI expandió su mandato e incluyó el financiamiento de actos y organizaciones terroristas y creó las importantes Ocho (luego ampliadas a Nueve) Recomendaciones Especiales sobre el financiamiento del terrorismo. En 2003, las Recomendaciones del GAFI se revisaron por segunda vez y junto con las Recomendaciones Especiales fueron avaladas por más de 180 países, y son reconocidas universalmente como el estándar internacional contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (ALA/CFT).
Después de concluida la tercera ronda de Evaluaciones Mutuas de sus miembros, el GAFI revisó y actualizó sus Recomendaciones en cooperación con los Organismos Regionales estilo GAFI (FSRB por su sigla en inglés), y los organismos observadores, incluyendo el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y las Naciones Unidas. Las revisiones contemplan nuevas amenazas emergentes, clarifican y fortalecen muchas de las obligaciones existentes, manteniendo la estabilidad necesaria y el rigor de las Recomendaciones.
Los estándares del GAFI han sido también revisados y se fortalecieron los requisitos para las situaciones de mayor riesgo a fin de permitir que todos los países se focalicen más en aquellas áreas de alto riesgo o donde se podría mejorar la implementación. Los países deben primero identificar, evaluar y entender los riesgos del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que enfrentan, y luego adoptar las medidas adecuadas para mitigar los riesgos. El enfoque basado en riesgo permite que los países adopten medidas más flexibles para orientar los recursos de manera más efectiva y aplicar medidas preventivas acordes con la naturaleza de los riesgos para focalizar sus esfuerzos de manera más efectiva.
Lista de Recomendaciones del GAFI
A. POLÍTICAS Y COORDINACIÓN ALA/CFT
1.- Evaluación de riesgos y aplicación de un enfoque basado en riesgo
2.- Cooperación y coordinación nacional
B. LAVADO DE ACTIVOS Y DECOMISO
3.- Delito de lavado de activos
4.- Decomiso y medidas provisionales
C. FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN
5.- Delito de financiamiento del terrorismo
6.- Sanciones financieras dirigidas relacionadas al terrorismo y al financiamiento del terrorismo
7.- Sanciones financieras dirigidas relacionadas a la proliferación
8.- Organizaciones sin fines de lucro
D. MEDIDAS PREVENTIVAS
9.- Leyes sobre el secreto de las instituciones financieras
DEBIDA DILIGENCIA Y MANTENIMIENTO DE REGISTROS
10.- Debida diligencia del cliente
11.- Mantenimiento de registros
MEDIDAS ADICIONALES PARA CLIENTES Y ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
12.- Personas expuestas políticamente
13.- Banca corresponsal
14.- Servicios de transferencia de dinero o valores
15.- Nuevas tecnologías
16.- Transferencias electrónicas
DEPENDENCIA, CONTROLES Y GRUPOS FINANCIEROS
17.- Dependencia en terceros
18.- Controles internos y filiales y subsidiarias
19.- Países de mayor riesgo
REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
20.- Reporte de operaciones sospechosas
21.- Revelación (tipping-off) y confidencialidad
ACTIVIDADES Y PROFESIONES NO FINANCIERAS DESIGNADAS
22.- APNFD (Actividades y Profesiones No-Financieras Designadas): debida diligencia del cliente
23.- APNFD: Otras medidas
E. TRANSPARENCIA Y BENEFICIARIO FINAL DE PERSONAS JURÍDICAS Y OTRAS ESTRUCTURAS JURÍDICAS
24.- Transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas
25.- Transparencia y beneficiario final de otras estructuras jurídicas
F. FACULTADES Y RESPONSABILIDADES DE AUTORIDADES COMPETENTES Y OTRAS MEDIDAS INSTITUCIONALES
REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN
26.- Regulación y supervisión de las instituciones financieras
27.- Facultades de los supervisores
28.- Regulación y supervisión de las APNFD
OPERATIVO Y ORDEN PÚBLICO
29.- Unidades de inteligencia financiera
30.- Responsabilidades de las autoridades de orden público e investigativas
31.- Facultades de las autoridades de orden público e investigativas
32.- Transporte de efectivo
REQUISITOS GENERALES
33.- Estadísticas
34.- Guía y retroalimentación
SANCIONES
35.- Sanciones
G. COOPERACIÓN INTERNACIONAL
36.- Instrumentos internacionales
37.- Asistencia legal mutua
38.- Asistencia legal mutua: congelamiento y decomiso
39.- Extradición
40.- Otras formas de cooperación internacional
Como puede verse, después de la lectura de las 40 recomendaciones de GAFI, en el caso de México las leyes de PLD/FT y PIORPI son la respuesta nacional como miembros de esa organización intergubernamental.
Ideas tomadas de: http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/pdfs/FATF-40-Rec-2012-Spanish.pdf