Las mujeres principales víctimas de los montadeudas según la UIF

Las aplicaciones de montadeudas o spyloan han tenido gran impacto en mercados como México, donde incluso ocasionó en años recientes la intervención de las autoridades para alertar sobre su impacto en los usuarios.

La empresa de ciberseguridad ESET reportó que en 2023 se registró un alarmante crecimiento de aplicaciones engañosas para Android que se presentan como servicios legítimos de préstamos personales, prometiendo un acceso rápido y fácil al dinero a las víctimas que las instalan en sus dispositivos.

“Estos servicios en realidad están diseñados para estafar a los usuarios ofreciéndoles préstamos con altas tasas de interés respaldados con descripciones engañosas, todo mientras recopilan la información personal y financiera de sus víctimas para chantajearlas y al final, obtener sus fondos”, explicó la compañía.

Las mujeres fueron las principales víctimas del delito de fraude y extorsión de los llamados “montadeudas”, señaló la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Así lo pone de manifiesto en el documento sobre la tipología de este delito mediante el cual se hace un recuento del desarrollo y cierre del caso así como de las conclusiones a las que se llegaron en donde miles de personas resultaron defraudadas con préstamos inmediatos con mínimos requisitos y sin consultar el buró de crédito, contratados a través de aplicaciones móviles.

Se pondera que el hecho de que muchas mujeres resultaran víctimas de esos delitos, devela la desigualdad en el acceso a la educación financiera y en la brecha para garantizar un ahorro o ingreso suficiente generando la violencia sistémica a la que siguen expuestas.

Sólo en 2022 se identificaron 11 mil 594 denuncias ciudadanas bajo la modalidad descrita, indican datos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Jurídica de la Ciudad de México.

Según el reporte, la UIF incorporó a la Lista de Personas Bloqueadas a 29 sujetos (24 personas morales y 5 personas físicas) y formuló una denuncia en contra de la empresa fachada, el Consejero de Administración y la Apoderada Legal.

 

Hace ver que la desigualdad, la pobreza, la falta de empleo, la acumulación de deudas, la falta de inclusión financiera y de acceso a créditos formales, el desconocimiento del sector financiero y digital, la dificultad para distinguir entre una empresa fraudulenta y una empresa que opera legalmente, son algunos de los factores que facilitaron la tarea de los “montadeudas”.

Al no cumplir con el o los pagos, los usuarios (víctimas) recibían mensajes de intimidación, amenazas de muerte, videos de decapitaciones y torturas, imágenes con sus fotos que incluyen mensajes de desprestigio, acusándolos de estafadores, defraudadores y ofreciendo servicios sexuales a los contactos registrados en su celular.

Estas aplicaciones son utilizadas por empresas, las cuales se ostentan como entidades financieras, sin contar con autorización.

También señala la responsabilidad que tienen los sujetos obligados, en este caso los bancos y las instituciones de tecnología financiera (Fintech), por no detectar posibles riesgos de sus clientes, dado que los «montadeudas» a través de empresas fachada tienen cuentas en esas entidades y lograron mover tan sólo en un mes 600 millones de pesos.

Los recursos salieron de las cuentas de los bancos a la Fintech, de dónde a través de esta se dispersaban a los usuarios.

No obstante, como parte de las acciones de debida diligencia que realizan a sus clientes, estas instituciones debieron contemplar el uso de bases públicas como el Sistema del Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) y/o Padrón de Entidades Supervisadas y Buscador de Entidades Autorizadas para Captar (PRES).

Esto lo destaca debido a que se detectó que muchas empresas se ostentaron a través de diversas redes sociales o utilizaron nombres comerciales como intermediario o entidad financiera por sí, o a través de otra persona sin contar con autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para ello.

Dicha situación pudo ser advertida por los sujetos obligados al realizar la debida diligencia de sus clientes, a fin de constatar si estaban autorizados para operar como entidad financiera y/o intermediario, con la consulta de estas bases de datos públicas: el SIPRES y /o PRES.

Otro elemento que resalta la unidad antilavado de la SHCP, es la afectación reputacional y de confianza que sufrieron las instituciones financieras que operan lícitamente en el país a consecuencia de este fenómeno.

Por ello, considera que es importante que banca múltiple e instituciones de tecnología financiera, al hacer la debida identificación de sus clientes, incluyan estas señales de alerta, a fin de evitar que estos esquemas utilicen sus sectores para lavar dinero y generen un riesgo en el sistema financiero nacional.

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