La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), envió ya a los intermediarios financieros el anteproyecto de la Ley de Tecnología Financiera (Ley Fintech), que busca regular a las Empresas Fintech y proteger a los consumidores. Será hasta septiembre de este año (2017) que el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), enviará al Congreso de la Unión la iniciativa de dicha ley.
Los ataques cibernéticos de los últimos días demuestran lo importante que es contar con una Ley Fintech bien definida, lo que justifica su postergación para ser entregada a los legisladores hasta el próximo periodo de sesiones
En octubre de 2016, el Startup Foodies cometió fraude por casi un millón de pesos a inversionistas de Fondeadora, lo cual puso a flote la imposibilidad de que la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) interviniera al no estar regulado el Crowdfunding. Sin Ley Fintech, el apoyo a proyectos de crowdfunding o ahorro vía aplicaciones depende principalmente de la honestidad y buena voluntad de los emprendedores.
Con esta ley, México será de los pocos países en el mundo que cuenten con una legislación para empresas Fintech. Sólo 12 países tiene una, será una ley muy general que permitirá en el tiempo avanzar en regulación secundaria para más detalles.
Lo que se busca es crear la figura de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) que serán avaladas y reguladas por las autoridades financieras y tendrán que cumplir con una serie de reglas prudenciales en materia de riesgos financieros, operaciones, mercado, ciberseguridad, gobierno corporativo, reglas de contabilidad y hasta topes o límites en los montos máximos de operaciones.
Se busca también regular a las instituciones de pago electrónico y a las que facilitan el intercambio de activos virtuales, por lo que se incluiría a las operaciones con bitcoins.
Se incluye también, además de las ITF, la figura de empresas innovadoras, que podrán tener una autorización temporal que permita probar sus modelos de negocios en un grupo reducido de clientes y por un tiempo limitado. Lo que se propone es tomar como ejemplo para las empresas innovadoras, lo que ya está haciendo Reino Unido con la llamada regulación sandbox.
Las ITF estarían reguladas por el Comité de Instituciones de Tecnología Financiera, integrado por la SHCP, la CNBV y el Banco de México, que aún no da luz verde a esta nueva ley. Además, estarán sujetas a supervisión por parte de la Condusef.
Habrá tres tipos de ITF: de fondos de pago electrónico, de administración de activos virtuales y de financiamiento colectivo (Crowdfunding).
Es una versión preliminar, pero la gran duda, es si esta nueva ley va a inhibir el desarrollo de las Fintech, por los excesivos requisitos que tendrán que cumplir para ser autorizadas, o si registrará, como sucede hoy con las Sofomes, una marcada diferencia entre las Sofomes reguladas y las no reguladas.
De ser aprobada por el Congreso en las próximas semanas, brindará certeza jurídica al ecosistema Fintech, un sector que está reconfigurando los modelos de negocio de la banca tradicional.
La propuesta de ley es apenas el inicio de un camino que llevará a regular después a la industria Fintech en materia de leyes secundarias. Estos son los puntos más relevantes del anteproyecto de Ley de Tecnología Financiera, que actualmente es discutido por los reguladores, la Asociación Fintech México, la Asociación de Plataformas de Fondeo Colectivo (Afico), la Asociación de Pagos y la AMSOFIPO.
1) Serán nombradas como Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) las empresas de:
- Financiamiento colectivo (Crowdfunding) enfocadas en deuda, capital, copropiedad o regalías, que acercan financiamiento a los segmentos desatendidos por la banca tradicional.
- Pago electrónico, que realizan servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico (e-money).
- Activos Virtuales, que se trata de representaciones de valores que no sean emitidos por ningún banco central o entidad financiera. El Banco de México será el encargado de establecer su definición oficial.
2) ¿Qué necesitan para operar?
Deberán ser autorizadas por la CNBV, luego de que un Comité de Instituciones de Tecnología Financiera (conformado por CNBV, Banxico y Hacienda) lo haya discutido previamente.
Los interesados en pertenecer a alguna de las tres categorías de ITF tendrán que ser Sociedades Anónimas o de Responsabilidad Limitada y tener domicilio en México. También deberán contar con una estructura de gobierno corporativo, sistemas operativos, contables, de seguridad, así como oficinas y manuales de operación.
Para ser autorizadas deberán presentar, entre otras cosas, el plan de negocios, políticas en materia de control de riesgos, prevención de fraudes y documentos que certifiquen el desarrollo de la interfaz o plataforma.
3) Requerimientos de capital.
Las Fintech deberán contar con un capital mínimo necesario para llevar a cabo sus actividades. Según el anteproyecto, este lo determinará la CNBV mediante un índice en relación con el riesgo operacional que éstas presenten.
4) Datos abiertos.
El anteproyecto permite que los bancos y las Fintech compartan sus aplicaciones o interfaces tecnológicas, denominadas API (Application Programming Interface), sin que se tenga que violar el secreto financiero.
5) Sandbox regulatorio
El anteproyecto de ley crea la figura de Empresas Innovadoras, conocida en el ecosistema Fintech como Sandbox, que dará una autorización temporal a empresas y bancos para probar modelos de negocio que no tengan que ver con las tres ITF que ya estarán reguladas. La inclusión de las instituciones bancarias en este esquema es algo que no se tenía previsto en un primer momento.
Estas Empresas Innovadoras podrán probar con un número reducido de clientes que decidan y por un tiempo limitado, establecido por la CNBV.
Tendrán 30 días a partir de que son autorizadas para presentar resultados.
En el caso de las start-ups, deberán entregar la misma documentación que las empresas que ya busquen acreditarse como ITF. En ambos casos, el regulador podrá revocar el permiso temporal en caso de existir un riesgo inesperado para los clientes.
6) La ley prohibirá a las empresas de Crowdfunding:
Asegurar el éxito, retornos o rendimientos a los clientes sobre su inversión realizada.
Que los fundadores, accionistas, cónyuges o empleados de las plataformas soliciten financiamiento a través de las mismas.
Que los inversionistas sean bancos, Sofipos, Sofom o Sociedades Cooperativas de Ahorro o Préstamo.
7) Activos virtuales
Para ser aprobadas como ITF por parte de la CNBV deberán contar primero con la autorización previa del Banco de México, que avale sus operaciones.
Deberán informar a los clientes la volatilidad del activo virtual, los riesgos de fraude, que no es moneda de curso legal y la imposibilidad de revertir las operaciones una vez hechas.
8) En el caso de las ITF de pago electrónico
Los requerimientos de capital se definirán de acuerdo al número y monto de pagos que realicen, así como de los ingresos que obtengan en un periodo que marque la CNBV.
9) ITF, los únicos responsables en caso de afectación a inversionistas
Las instituciones deberán hacer pública la información que permita a sus clientes conocer los riesgos en las operaciones que realizan y solicitar una constancia a los clientes.
La ley especifica que el Gobierno no se hará responsable de garantizar los recursos a los usuarios en caso de fraude, por lo que los negocios estarán obligados a comunicar esto en su página de internet, publicidad y contratos que celebren con ellos.
10) La CNBV, el mayor vigilante
La dependencia de gobierno será la autoridad principal encargada de supervisar y vigilar que todo lo establecido en la ley sea cumplido por las empresas. Además, podrá investigar anomalías, realizar visitas de inspección y, en su caso, aplicar revocaciones.
11) Sanciones y revocaciones
La CNBV podrá revocar el permiso para operar a las Fintech que, entre otros lineamientos, no logren mantener el capital mínimo o neto necesario que les haya sido exigido.
También podrá establecer multas de 1 hasta 730,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que cada una equivale a 75.49 pesos actualmente, según el INEGI. Las causas pueden ir desde incumplir o negar la entrega de algún documento solicitado por la autoridad, no atender las observaciones del regulador, entre otras.
Existirá una pena de prisión de tres a 15 años y una multa de hasta tres millones de UMAS a quienes operen sin autorización, desvíen recursos de los clientes, compartan información confidencial o suspendan el servicio sin notificar a los usuarios.
12) El papel de la CONDUSEF
El anteproyecto instruye que en el futuro se cree una ventanilla de apoyo especializada para los usuarios de estas plataformas.
Además, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) deberá resolver las controversias que lleguen a suscitarse con las ITF y las Empresas Innovadoras.
13) Consejo de Tecnología Financiera
Estará conformado por hasta 12 miembros, entre los que estarán representantes de la CNBV, Hacienda, Banxico y del sector privado, que fomentarán el intercambio de opiniones. Deberán reunirse al menos una vez al año.
14) Leyes a modificar
De acuerdo con el borrador del documento, se reforman, adicionan y derogan 11 leyes, como la Ley de Mercado de Valores, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, así como la de Prevención e identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.