Definamos ¿Qué es un fideicomiso?
Un fideicomiso es un contrato en virtud del cual una o más personas (fideicomitente/s o fiduciante/s) transmiten bienes, cantidades de dinero o derechos, presentes o futuros, de su propiedad a otra persona (fiduciaria, que puede ser una persona física o jurídica) para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero, llamado beneficiario, y se transmita su propiedad, al cumplimiento de un plazo o condición, al fideicomisario, que puede ser el fiduciante, el beneficiario u otra persona.
Una vez que el fideicomiso ha sido perfeccionado, ninguna de las partes es propietaria del bien objeto del fideicomiso.
El fideicomiso es, por tanto, un contrato por el cual una persona llamada fideicomitente, destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria que en determinado tiempo o una vez cumplida la condición impuesta por el otorgante del patrimonio, deberá entregar al beneficiario o fideicomisario determinado los frutos o productos que haya generado la actividad.
Los bienes afectados al fideicomiso no corren el riesgo comercial del fiduciante (el que transmite la propiedad de los bienes) ni del fideicomisario (el propietario de los bienes fideicomitidos luego del vencimiento del plazo del contrato), puesto que el patrimonio que es objeto del fideicomiso no puede ser perseguido por los acreedores de ninguno de ellos, ni afectado por la quiebra de ambos o de alguno de ellos.
Ahora hablemos de los famosos fideicomisos que eliminó el actual gobierno en fechas recientes…
El presidente Andrés Manuel López Obrador promulgó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto para eliminar 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), que acumulan alrededor de 15,000 millones de pesos.
Estos fideicomisos están distribuidos: cinco en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF); seis, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y 2 en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Hasta el segundo trimestre de 2023 estos fondos representaban 15,434 millones de pesos.
Unidad responsable | Fondo | Recursos (millones de pesos) |
CJF | Pensiones complementarias de magistrados y jueces jubilados | 4,722.3 |
Mantenimiento de casas habitación de magistrados y jueces | 76.5 | |
Apoyos médico complementarios y de apoyo económico extraordinario para servidores públicos | 69 | |
Desarrollo de infraestructura que implementa las reformas constitucionales en materia de justicia federal | 4,308.9 | |
Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias | 1 peso | |
SCJN | Pensiones complementarias Mandos Superiores | 832.8 |
Pensiones complementarias mandos medios y personal operativo | 2,972.6 | |
Plan de prestaciones médicas complementarias | 145 | |
Manejo del producto de la venta de publicaciones CDs | 177.8 | |
Remanentes presupuestales | 1,386 | |
Fondo nacional para el fortalecimiento y modernización de la impartición de justicia | 727.4 | |
TEPJF | Fideicomiso de apoyos médicos complementarios y de apoyo económico extraordinario para los servidores públicos | 15.1 |
Fondo mixto de cooperación técnica y científica México-España | 0 | |
TOTAL | 15, 434.7 |
Fuente: SCJN y Cámara de Diputados
Tras su publicación en la edición vespertina, el decreto que agrega un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación entró en vigor el 28 de octubre.
En el decreto se estipula que los recursos de los fideicomisos extintos del PJF serán entregados a la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a «programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo».
La reforma aprobada por el Senado de la República también establece:
«En el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales”.
Los órganos responsables de los fideicomisos extintos cuentan con un plazo máximo de 120 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del decreto para realizar los trámites necesarios para cumplir con su eliminación.
«Los recursos remanentes, así como los productos y aprovechamientos derivados de los mismos, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan originado y que formen parte de los instrumentos jurídicos que se extinguen o terminan, deberán enterarse en términos del artículo 12 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria a las unidades administrativas con funciones de tesorería en los órganos que conforman al Poder Judicial de la Federación, las que a su vez, deberán enterar la totalidad de dichos recursos a la Tesorería de la Federación al término del plazo señalado»», detalla el documento.
El PJF también contará con un plazo máximo de siete días hábiles para publicar un informe individual, desagregado y pormenorizado por cada instrumento eliminado, en el que se indiquen los montos devueltos «en observancia a los principios de transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información pública».
Alistan «batalla jurídica»… Al entrar en vigor el decreto, el personal del Poder Judicial podrá tramitar amparos contra esta medida. La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), presentó una demanda de amparo contra la reforma.
Mientras que el diputado Jorge Romero, líder de la bancada del PAN en San Lázaro y presidente de la Junta de Coordinación Política, afirmó que la oposición buscará interponer una acción de inconstitucionalidad.
El recurso lo promovió ante juzgados en materia administrativa de la Ciudad de México. En los próximos días, un juez determinará si acepta a trámite el amparo y si concede la suspensión para que el gobierno federal a frene por el momento dicha norma.
Recordemos también que en el 2020, se eliminaron 109 fideicomisos, por ser, según el gobierno, herramientas de robo y corrupción sin una finalidad real ni beneficio para “el pueblo”.