En 1980 en México entró en vigor la aplicación del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), regido por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Se trata de una herramienta clave para el gobierno en la gestión de ingresos y regulación de ciertos sectores.
El IEPS se distingue por un enfoque específico sobre bienes y servicios considerados de lujo, riesgosos o con externalidades negativas. Es un impuesto especial e indirecto que se aplica a la importación y producción de productos y servicios que causan un perjuicio social. Entre los artículos que se ven gravados bajo el IEPS se encuentra el alcohol y gasolinas.
Así lo dice la teoría… ¿la gasolina es un lujo o causa perjuicio social?
Hay una variedad de entidades y actividades sujetas a este gravamen. La ley del impuesto especial sobre producción y servicios define que, los contribuyentes sujetos a pagar el IEPS son todas las personas físicas y personas morales que lleven a cabo las siguientes actividades:
- La enajenación de los bienes señalados en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, sean en territorio nacional o importándolos.
- Presten servicios señalados en la Ley del IEPS.
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios grava la enajenación e importación de los siguientes bienes:
- Bebidas alcohólicas y cerveza.
- Alcoholes, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
- Tabacos labrados.
- Gasolinas y diésel.
- Bebidas energizantes.
- Bebidas con azúcares añadidos.
- Combustibles fósiles.
- Alimentos con alto contenido calórico. (Densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos: botanas, productos de confitería, chocolate 76 y demás productos derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, y helados, nieves y paletas de hielo).
Adicionalmente, el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) tiene como objetivo gravar los servicios por comisión, mediación, agencia, representación, correduría, consignación y distribución, con motivo de la enajenación de:
- Bebidas alcohólicas y cervezas.
- Alcoholes y mieles.
- Tabacos labrados.
- Bebidas energizantes.
- Alimentos con alto contenido calórico.
También se gravan los servicios de juegos de apuestas y sorteos, y los de telecomunicaciones.
La base del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios es el valor del bien que se enajena o importa o del valor del servicio que se presta. Por lo general, la base es la contraprestación, salvo en el caso de los cigarros, cuya base será el precio de venta al detallista (comerciante que vende al por menor). También puede constituir la base, en su caso, la cantidad de litros y la graduación alcohólica.
Las cuotas de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a productos como las gasolinas, el diésel, los cigarrillos y refrescos aumentaron 4.5% para el 2025. De esta manera, la cuota de IEPS que se cobrará a la gasolina regular o Magna quedaría en alrededor de 6.45 pesos por litro, 28 centavos más que 2024.
Mientras que en el caso de la gasolina Premium o roja, el IEPS será de 5.44 pesos por litro en el 2025, un incremento de 23 centavos, y en del diésel será de 7.09 pesos por litro, esto es 30 centavos más.
Para los refrescos y bebidas saborizadas, el IEPS quedó en 1.64 pesos por litro, un aumento de 7 centavos, mientras que para los cigarrillos, el impuesto quedará en 64 centavos por cigarro, un alza de 2 centavos.
Invariablemente impacta al bolsillo de los mexicanos.
El gobierno se vale de éste impuesto para complementar sus ingresos, ya que es una manera fácil y constante de recaudar, a diferencia por ejemplo del ISR, que debido a la alta tasa de informalidad del país, muchísimos mexicanos no pagan el impuesto que deberían.
“El gasolinazo que no es gasolinazo”
¿O tú qué opinas?